Marco estatal. La Ley Orgánica de Educación (LOE, art. 124.1) obliga a todos los centros a elaborar un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual: recoge las actividades para fomentar un buen clima de convivencia, la concreción de los derechos y deberes del alumnado, las medidas correctoras aplicables y las actuaciones para la resolución pacífica de conflictos. En los centros públicos, el Consejo Escolar tiene la competencia de aprobar y evaluar los proyectos y las normas del centro (art. 127.a).

Qué dice el decreto

De acuerdo con el artículo 132.2 de la Ley de Cantabria 6/2008, de Educación, los centros elaboran un plan de convivencia que, tras su aprobación por el director, se incorpora al proyecto educativo de cada centro (art. 34, redactado por el Decreto 30/2017).

Su finalidad es recoger y concretar los valores, objetivos y prioridades del proyecto educativo que guían la convivencia, y las actuaciones para lograrlos. Debe tener en cuenta las características del centro y de la comunidad, e implicar a toda la comunidad educativa (art. 35).

Quién lo elabora, quién lo aprueba y quién lo evalúa

Elabora el equipo directivo, recogiendo las aportaciones de todos los miembros de la comunidad educativa y teniendo en cuenta las propuestas del Consejo Escolar (art. 30.1.a, redactado por el Decreto 30/2017). Aprueba el director (art. 34).

El Consejo Escolar realiza propuestas para su elaboración y conoce e informa el plan y las normas de convivencia (art. 27.b y c, redactados por el Decreto 30/2017); además, realiza anualmente su seguimiento y evaluación (art. 27.d). La redacción original del Decreto 53/2009 le atribuía establecer directrices y aprobar el plan: esa parte ya no está vigente.

Todos los miembros de la comunidad educativa participan en la elaboración, desarrollo, control del cumplimiento y evaluación del plan (art. 26).

Qué debe incluir

  • Análisis de la situación de la convivencia en el centro.
  • Objetivos del plan derivados de ese análisis.
  • Actuaciones y medidas: organizativas, curriculares y de coordinación; las dirigidas a garantizar la igualdad efectiva, prevenir la violencia de género y las conductas contrarias a la convivencia (incluido el acoso, el rechazo o el hostigamiento); las que garantizan la participación de la comunidad educativa; y las de mediación en la resolución de conflictos. En cada una se indican responsables, destinatarios y procedimientos.
  • Mecanismos para difundir el plan.
  • Seguimiento y evaluación del plan.

Comisión de convivencia y memoria anual

La Comisión de convivencia la forman el director, el jefe de estudios y los miembros que el Consejo Escolar elija entre sus componentes, con todos los sectores representados. Dinamiza la participación en el plan, hace su seguimiento y propone mejoras al Consejo Escolar. Tiene carácter consultivo (art. 28).

Al final de cada curso, el equipo directivo elabora una memoria del plan que se incorpora a la memoria final del curso: consecución de objetivos, actuaciones realizadas y su valoración, implicación de cada sector y conclusiones y propuestas de mejora (art. 37).

Protocolo de acoso

Cuando hay un caso, se activa el protocolo de actuación, distinto del plan: tienes los pasos en la página del protocolo de acoso escolar en Cantabria.

Proyecto de ley en tramitación

Según la prensa, el Gobierno de Cantabria aprobó en mayo de 2026 el proyecto de Ley de Autoridad del Profesorado y Convivencia Escolar, que sigue su tramitación parlamentaria. A la fecha de esta revisión no he podido confirmar su aprobación definitiva ni cómo afectará al Decreto 53/2009. Conviene comprobarlo en el BOC.

En una tabla

Norma principalDecreto 53/2009, mod. por el Decreto 30/2017
Quién lo elaboraEl equipo directivo, con las aportaciones de la comunidad educativa (art. 30)
Quién lo apruebaEl director (art. 34); el Consejo Escolar conoce e informa
Seguimiento y evaluaciónEl Consejo Escolar, anualmente (art. 27.d); seguimiento por la comisión de convivencia y memoria anual del equipo directivo (arts. 28 y 37)

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Documento oficial

Norma de referencia: Decreto 53/2009, de 25 de junio, que regula la convivencia escolar y los derechos y deberes de la comunidad educativa en Cantabria (arts. 26 a 37), modificado por el Decreto 30/2017, de 11 de mayo.

Fuente consultada: Decreto 53/2009, de 25 de junio (BOC núm. 127, de 3 de julio de 2009), y Decreto 30/2017, de 11 de mayo (BOC núm. 96, de 19 de mayo de 2017).

Los protocolos de acoso en Cantabria, en qué hacer ante un caso de acoso escolar.