Marco estatal. La Ley Orgánica de Educación (LOE, art. 124.1) obliga a todos los centros a elaborar un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual: recoge las actividades para fomentar un buen clima de convivencia, la concreción de los derechos y deberes del alumnado, las medidas correctoras aplicables y las actuaciones para la resolución pacífica de conflictos. En los centros públicos, el Consejo Escolar tiene la competencia de aprobar y evaluar los proyectos y las normas del centro (art. 127.a).
Elaboración, aprobación y evaluación
Los centros, teniendo en cuenta las medidas e iniciativas propuestas por el claustro de profesores, elaboran un plan de convivencia de acuerdo con el art. 27 del Decreto 51/2007, cuyo contenido debe ser aprobado por el Consejo Escolar (Orden EDU/1921/2007, art. 2.1).
El plan se incluye en la programación general anual y, para mantener vigentes sus propuestas, al terminar el curso los centros evalúan su desarrollo e introducen las modificaciones pertinentes en la programación general anual del curso siguiente (art. 2.2).
El coordinador de convivencia
Entre otras funciones, el coordinador de convivencia coordina, con la jefatura de estudios, el desarrollo del plan de convivencia y participa en su seguimiento y evaluación; participa en la elaboración y aplicación del plan de acción tutorial; y coordina al alumnado que realiza mediación entre iguales (art. 12).
Supervisión
Los inspectores de educación supervisan, entre otras cuestiones, la organización y el funcionamiento de la comisión de convivencia y el desarrollo del plan de convivencia incorporado a la programación general anual.
Contenido del plan
- El contenido del plan se concreta en el art. 27 del Decreto 51/2007, modificado por el Decreto 23/2014. Consúltalo en la versión actualizada del decreto antes de redactar el tuyo.
- Como punto de partida para ordenar el trabajo, puedes usar la plantilla de plan de convivencia y adaptarla a los apartados que exija esa norma.
En una tabla
| Norma principal | Orden EDU/1921/2007 |
|---|---|
| Quién lo elabora | El centro, teniendo en cuenta las propuestas del claustro |
| Quién lo aprueba | El Consejo Escolar aprueba su contenido |
| Seguimiento y evaluación | Evaluación al final de cada curso, con cambios en la programación general anual |
¿Quieres un borrador para empezar? Descarga la plantilla de plan de convivencia en PDF y Word: diagnóstico, objetivos, normas, medidas, protocolos con responsables e indicadores de seguimiento. Es un borrador general, que debes adaptar a lo que exija la normativa en Castilla y León y tu centro.
Documento oficial
Norma de referencia: Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León, y art. 27 del Decreto 51/2007.
Fuente consultada: Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre (BOCYL núm. 234, de 3 de diciembre de 2007).
Los protocolos de acoso en Castilla y León, en qué hacer ante un caso de acoso escolar.